Sección: 25 años, 25 temas
Abstract: La utilización de productos fitosanitarios se ha consolidado en la agricultura actual como una práctica fundamental para mejorar la sanidad de las plantas, y asegurar la calidad de los productos agrícolas. El uso incipiente de productos fitosanitarios conlleva una problemática ¿Qué hacer con estos envases industriales que quedan vacíos? Tradicionalmente “la manera correcta” de deshacerse de los envases vacíos de fitosanitarios era abandonarlos junto a ríos o incluso incinerados. No fue hasta la llegada de la Ley 11/1997 en la que el Gobierno comenzó a dar cobertura legal a la gestión de envases en España, pero las medidas adoptadas por el texto no obligaba a los fabricantes de productos fitosanitarios a adherir sus envases, tres años más tarde se aprobará la Ley 14/2000 que permite añadir la excepción de la disposición adicional primera de la 11/1997 para que los productos fitosanitarios envasados deban ser puestos en el mercado a través de un Sistema de Depósito Devolución y Retorno o a través de un SIG. Esta excepción se formaliza a través del Real Decreto 1416/2001 sobre envases de productos fitosanitarios, y que permite la creación del Sistema de Recogida de envases (SIGFITO) en el que los consumidores de productos tienen que depositar los envases vacíos en los puntos de recogida, situados generalmente en cooperativas o empresas de distribución y comercialización de productos fitosanitarios.

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Comprar Revista Phytoma 248 - ABRIL 2013