La autorización y comercialización de productos fitosanitarios (PFs) en la Unión Europea viene regulada por el Reglamento (CE) Nº 1107/2009 de la CE (que deroga la Directiva 91/414/CEE del Consejo), el cual garantiza un alto grado de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente, a la vez que salvaguarda la competitividad de la agricultura de la Unión Europea y suprime en la medida de lo posible, los obstáculos existentes en el comercio de PFs. Este Reglamento establece la obligación de comprobar, mediante una evaluación de riesgo del uso agrícola de los PFs, que su uso, siguiendo unas buenas prácticas agrícolas, no supone un riesgo para la salud humana, animal ni para el medio ambiente así como que es suficientemente eficaz. Por tanto, la aplicación del Reglamento asegura una utilización de PFs de una forma correcta, segura y eficaz. El establecimiento de normas armonizadas para la aprobación de sustancias activas (SAs) y la comercialización de PFs tanto dentro como fuera de la Unión Europea es fundamental para incrementar la libre circulación de dichos productos y su disponibilidad, al tiempo que se mejora la producción agrícola. 

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