La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria ha autorizado el tratamiento de confusión sexual para el control de la polilla del limonero (Prays citri) en la Región de Murcia, Andalucía y la Comunidad Valenciana. Esta plaga no puede ser controlada adecuadamente con los tratamientos convencionales existentes en las zonas con altas densidades (los insecticidas más efectivos, clorpirifos y metil-clorpirifos, están prohibidos en la UE desde 2020).
Este lepidóptero daña las flores, aunque también puede perjudicar los brotes y pequeños frutos. Los daños más graves se observan en época de floración, y son producidos exclusivamente por las orugas. Todas las variedades de cítricos son sensibles a sus ataques, pero las especies y variedades con una floración más escalonada son las que más daños sufren.
El nivel de población de P. citri va aumentando a medida que los árboles van floreciendo y la alimentación de las larvas afecta gravemente a las flores y frutos, hasta impedir su desarrollo y provocar malformaciones que disminuyen el rendimiento de los campos cultivados. Normalmente, la oruga suele dañar varias flores cercanas, a las que une con hilos de seda, formando como nidos dentro de los cuales hay pétalos secos y abundantes excrementos.
La interrupción del apareamiento mediante confusión sexual es una técnica cuyo uso continuado durante varias campañas consigue una reducción progresiva de la presión de la polilla del limonero. Actualmente, no existen productos registrados en limonero a base de feromonas para el control de P. citri por confusión sexual, por lo que las Comunidades Autónomas afectadas solicitaron la autorización excepcional para la comercialización y el uso de los productos fitosanitarios formulados a base de Z-7-tetradecenal 200 mg s.a./difusor [VP].
Los difusores pueden utilizarse en la Región de Murcia hasta el 31 de mayo, y en Andalucía y la Comunidad Valenciana, hasta el 25 de junio. El ministerio ha autorizado una distribución de 200-400 dispositivos/ha antes del primer vuelo del adulto, el doble de lo permitido en la campaña anterior.