Con fecha 5 de febrero de 2014 se publicó el Decreto 5/2014, de 31 de enero, por el que se regula la formación de los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios para la obtención de carnés de los diferentes niveles de capacitación.

El objeto de este Decreto es el establecimiento y regulación de los cursos de capacitación para que los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios obtengan el carné que acredite los conocimientos apropiados para ejercer su actividad.

Existen distintos niveles de capacitación:

-         Básico: para aquellos agricultores que realizan los tratamientos en su propia explotación sin emplear personal auxiliar.

-         Cualificado: para los agricultores responsables de los tratamientos terrestres y para aquellos que realicen tratamientos empleando personal auxiliar.

-         Fumigador: Para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener este carné será condición necesaria haber adquirido la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado.

-         Piloto aplicador: para el personal que realice tratamientos fitosanitarios mediante aeronaves.

Además de ser un requisito para la aplicación de productos fitosanitarios, a partir del 26 de noviembre de 2015 sólo podrán suministrarse productos fitosanitarios para uso profesional a agricultores que dispongan del carné adecuado. Asimismo, deberán estar en posesión del carné cualificado el personal que intervenga directamente en la venta de productos. Para la obtención de estos carnés será necesario realizar los cursos correspondientes a través de las entidades homologadas por la Comunidad Autónoma.

Aquellos usuarios que dispongan de titulación habilitante recogida en el Anexo III de este Decreto (Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Forestal, Ingeniero de Montes y otras titulaciones universitarias o de Formación Profesional) no tendrán que realizar el correspondiente curso para la obtención del carné de nivel cualificado, podrán solicitarlo directamente.