Dicha revisión ha supuesto la reducción de los Limites Máximos de Residuos (LMRs) en varios productos hasta el límite de detección analítica, los productos afectados son: Manzana, pera, melocotón, uva de mesa, alcachofa, tomate, pimiento, frambuesa, patata, melón, sandia y coles. En la práctica, esta reducción de los LMRs provoca que no sea posible mantener un uso seguro de la sustancia activa en dichos cultivos de cara al cumplimiento de los niveles máximos permitidos. Se prevé que los cambios se sometan a votación en el Comité Permanente de
Por ese motivo, el pasado 10 de julio el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente aprobó la retirada de los formulados a base de clorpirifós (etil) en los usos anteriormente especificados (Manzana, pera, melocotón, uva de mesa, alcachofa, tomate, pimiento, frambuesa, patata, melón, sandia y coles).
Hay que señalar que el clorpirifós sigue siendo una sustancia activa permitida en
Los usos permitidos pueden consultarse en las correspondientes hojas de registro de los productos autorizados en la web del Ministerio
(http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/registro/menu.asp).
No se establecen periodos de adicionales para la venta y uso por parte de los agricultores ya que la decisión adoptada tiene el sentido preventivo de evitar posibles incidencias en la comercialización de los productos ante la inminente actualización del LMR de clorpirifós (etil).
A los titulares de productos fitosanitarios, se les ha indicado que deben re-etiquetar y/o sobre etiquetar en un plazo de 60 días máximo los envases de estos formulados. Además, se ha comunicado, que habrá una segunda revisión en los usos restantes, teniendo en cuenta el momento de aplicación, para lo que se les ha requerido propuestas y estudios de residuos que avalen una modificación de las GAPs (buenas prácticas agrícolas) que aseguren el cumplimiento de los nuevos LMrs.