Tras la aprobación que tuvo lugar el pasado 10 de diciembre de 2012 en Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural del Plan de Acción Nacional para el uso sostenible de productos fitosanitarios, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 de la Directiva 2009/128/CE, así como el Plan de Acción Nacional donde se establecen objetivos, medidas, calendarios e indicadores para introducir criterios de sostenibilidad en el uso de productos fitosanitarios para el periodo comprendido entre los años 2013 a 2017, en la web del MAGRAMA se han colgado todos los documentos aprobados para su consulta.

Tras la aprobación que tuvo lugar el pasado 10 de diciembre de 2012 en Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural del Plan de Acción Nacional para el uso sostenible de productos fitosanitarios, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 de la Directiva 2009/128/CE, así como el Plan de Acción Nacional donde se establecen objetivos, medidas, calendarios e indicadores para introducir criterios de sostenibilidad en el uso de productos fitosanitarios para el periodo comprendido entre los años 2013 a 2017, en la web del MAGRAMA se han colgado todos los documentos aprobados para su consulta.

Campaña de divulgación
De acuerdo con los objetivos del Plan de Acción Nacional de uso sostenible de productos fitosanitarios, y de acuerdo con lo indicado en la medida 1.1 del citado Plan, el MAGRAMA ha procedido a la elaboración de un tríptico y un cartel divulgativo, en los que se desglosan los requisitos y obligaciones que tendrán que cumplir el sector agrícola y el sector de la fabricación y distribución de productos fitosanitarios.

Puntos focales
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 4.2 del Real Decreto1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cada Comunidad Autónoma ha designado un órgano competente como punto focal de su ámbito territorial.

Documentación de asesoramiento
De acuerdo con el artículo 11.2 del Real Decreto 1311/2012, se publican los requisitos que ha de cumplir la documentación de asesoramiento en el ámbito de la producción agraria, incluyendo su contenido mínimo.

Lista de cultivos exentos de asesoramiento
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.3 del Real Decreto 1311/2012 y con los objetivos del Plan de Acción Nacional de uso sostenible de productos fitosanitarios, en la medida 3.4; el MAGRAMA, a propuesta del Comité Fitosanitario Nacional, publica las producciones y tipos de explotación que se consideran como de baja utilización de productos fitosanitarios.
www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/uso-sostenible-de-productos-fitosanitarios/