El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha vuelto a ampliar los plazos de entrada en vigor del cuaderno digital de explotación agrícola (hasta septiembre de 2024 y septiembre de 2025) y exime a las explotaciones más pequeñas de su uso, según el proyecto de real decreto sobre la PAC sometido a consulta pública desde este jueves hasta el 8 de septiembre.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha iniciado esta semana el trámite de audiencia e información públicas del procedimiento de consulta pública del proyecto de real decreto por el que se modifican cinco reales decretos relativos a la aplicación en España de la Política Agraria Común (PAC) de cara a las solicitudes de las ayudas para el año 2024. El documento recoge una serie de medidas que tienen como objetivo posponer la entrada en vigor del cuaderno de explotación digital para “dar más tiempo al sector, agricultores y ganaderos y también a las entidades colaboradoras, para que se puedan familiarizar con las nuevas herramientas necesarias para su aplicación. En paralelo, hasta su entrada en vigor, se ponen en marcha medidas que promuevan el uso del cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, de manera que, cuando su aplicación sea obligatoria, ya existan muchos agricultores que lo utilicen”.

A partir de septiembre de 2024, el cuaderno digital será obligatorio para las explotaciones que cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas; sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan más 5 hectáreas de regadío; dispongan de cultivos bajo invernadero. Desde esa fecha, solo podrán utilizarse productos fitosanitarios cuyo empleo se realice al amparo de una autorización excepcional si el agricultor realiza las anotaciones en el cuaderno digital. Un año después, en septiembre de 2025, será obligatorio para el resto de productores.

Las explotaciones más pequeñas quedarán exentas de la obligación de emplear el cuaderno digital. En concreto, las que cuenten con una superficie agraria total menor o igual a 5 hectáreas, siempre y cuando tengan una superficie de regadío menor o igual a 1 hectárea (excepto en el caso de los invernaderos, que deberán utilizarlo por el mayor uso de fertilizantes y fitosanitarios), y las que dispongan únicamente de superficie de pastos, siempre que no realicen aplicaciones de fertilizantes en dichas superficies. Dichas explotaciones pueden optar por utilizar el cuaderno digital voluntariamente o mantener los registros en papel que determina la normativa sectorial.

El ministerio quiere favorecer la aplicación voluntaria mediante algunas acciones, como conceder ayudas específicas para fomentar su implantación, dar prioridad, al conceder otras ayudas, a los beneficiarios que hagan uso del cuaderno de manera voluntaria, y promover la formación. Además, los agricultores que se anticipen a la entrada en vigor podrán utilizar una herramienta digital de fertilización, con la que podrán cumplir la obligación de disponer de un asesor de fertilización para cumplimentar el plan de abonado, estarán eximidos de la obligación de establecer medidas de mitigación ligadas al uso de urea y podrán superar las tolerancias de nitrógeno y de fósforo si se cumplen el resto de los requisitos.