Se analizan en este artículo la situación actual respecto a la acreditación de entidades de certificación en el sector agroalimentario y los diferentes ámbitos en los que se desenvuelve la certificación acreditada y se describen de forma somera los aspectos claves en el proceso de acreditación de entidades de certificación de productos alimentarios. Finalmente trataremos de explicar las razones que han llevado a la situación actual respecto a la acreditación de entidades de certificación de producción integrada en la que ENAC todavía no ha concedido la acreditación a ninguna entidad. En el futuro es de esperar que esta situación cambie pues recientemente se han recibido en ENAC solicitudes de acreditación de 4 entidades de certificación que actúan certificando producción integrada en diferentes Comunidades Autónomas.

 

La Entidad Nacional de Acreditación

La acreditación es la herramienta establecida internacionalmente para generar confianza sobre la actuación de cierto tipo de organizaciones denominadas Organismosde Evaluación de la Conformidad (OEC) y que abarca a los laboratoriosde ensayo, laboratorios de calibración, entidades de inspección y entidadesde certificación. El objetivo principal de su actividad es demostrar a la Sociedad(Autoridades, empresas y consumidores en general) que los productos y serviciospuestos a su disposición son conformes con ciertos requisitos relacionadosgeneralmente con su Calidad y Seguridad, requisitos que pueden estar establecidospor ley y tener por tanto carácter reglamentario, o mediante Normas, especificacionesu otros documentos de carácter voluntario.

El análisis y control de los alimentos, las inspecciones y/o las certificaciones de producto asociadas a las Denominaciones de Origen (DO), a las indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), o a la Producción Agraria Ecológica, la certificación de los sistemas de gestión (de calidad, de seguridad alimentaria ..), etc son algunos ejemplos de las actividades desarrolladas por los organismos de

Evaluación de la Conformidad en el sector agroalimentario lo que da una idea de su importancia en el sector.

En cualquier caso el valor de las actividades de evaluación de la conformidad depende en gran medida de la credibilidad de las organizaciones que las realizan y de la confianza que el mercado y la sociedad en general tenga en ellas.

Para lograr esa confianza y credibilidad a nivel nacional, europeo y mundial es preciso establecer un mecanismo independiente, riguroso y global que garantice su competencia técnica y su sujeción a normas de carácter internacional. Y eso es exactamente en lo que consiste la acreditación y esa es la razón por la cual, como se verá más adelante, tanto las autoridades desde la Comisión Europea hasta, en España, las administraciones central como autonómicas, como la iniciativa privada están estableciendo la acreditación como condición sine qua non para la actuación de los Evaluadores de la Conformidad en el campo agroalimentario

En España la Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, es el organismo designado por la Administración para establecer y mantener el sistema de acreditación a nivel nacional, de acuerdo a normas internacionales, siguiendo en todo momento las políticas y recomendaciones establecidas a este respecto por la Unión Europea y dentro de los acuerdos de reconocimiento mutuo establecidos a escala global.

Su actividad representa un elemento de indudable valor para el mercado, al poner a su disposición una infraestructura de laboratorios, entidades de certificación e inspección acreditados que han demostrado su competencia técnica mediante un proceso de evaluación único, transparente y reproducible, aceptado nacional e internacionalmente.

 

El Sector Agroalimentario

La actividad de evaluación de la conformidad en este sector se desarrolla en tres ámbitos claramente diferenciados pero que comparten la acreditación como la base para la generación de confianza. Estos tres ámbitos son:

En el ámbito reglamentario, la evaluación de la conformidad persigue determinar el cumplimiento con los requisitos establecidos en la legislación y reglamentación en materia de calidad y seguridad alimentaria, que, por tanto, son de obligado cumplimiento. Tradicionalmente, esta actividad venía siendo realizada directamente por la Administración. No obstante las Directivas y Reglamentos europeos que la regulan han abierto la puerta a la participación de las empresas privadas. Este es el caso de los Laboratorios de Control Oficial de Alimentos, a los que se requiere demostrar su competencia técnica contando con la acreditación ENAC.

En el ámbito voluntario regulado operan esquemas de evaluación de la conformidad en las que los requisitos que se evalúan son de cumplimiento voluntario para las empresas pero en los que la actividad que desarrollan los evaluadores de la conformidad está regulada y existe un deber legal de supervisión de éstos por parte de la Administración (cuando no es la propia Administración la que realiza las actividades de evaluación). Los requisitos que se establecen generalmente persiguen proteger ciertas "denominaciones" y regulan de qué forma dichas denominaciones pueden ser utilizadas sobre los productos, de forma que fuera del esquema no es lícito hacerlas.

En este ámbito el recurso a la acreditación es universal. Como ejemplos más representativos en el ámbito Europeo se pueden citar la Producción Agraria Ecológica o a las Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas Protegidas y Especialidades Tradicionales Garantizadas, el etiquetado facultativo de carne de vacuno o de aves de corral que requieren la acreditación de todos los evaluadores de la conformidad participantes.

Todos los indicadores hacen suponer que la tendencia actual de crecimiento, tanto en acreditaciones como en diferentes actividades dentro del sector agroalimentario, continúe en los próximos años y se extiendan a nuevos productos y áreas del sector, como puede ser la pesca y la acuicultura, o la ganadería (buenas prácticas de higiene y las producciones ganaderas).

Por último el ámbito voluntario que incluye esquemas en los que tanto los requisitos establecidos a los operadores como los evaluadores de la conformidad que actúan, lo hacen en base absolutamente voluntaria y por motivos estrictamente comerciales y como respuesta a la exigencia de garantías requerida por el mercado, tanto a nivel del consumidor final como de la industria de distribución y comercialización.

En estos esquemas voluntarios encontramos distintos esquemas que pretenden hacer llegar cierta información al comprador, que en ocasiones es el consumidor final, y que son promovidos por los productores, la distribución o los propios consumidores. Al mismo corresponden los esquemas de certificación de producto que llevan asociada una marca sobre el mismo, como la Producción Controlada, esquema aplicable a frutas y hortalizas basado en las normas UNE 155000, la marca de piensos promovida por CESFAC, o la marca "Controlado por FACE" para productos destinados a personas celíacas, entre otras.

También pertenecen al ámbito voluntario los esquemas internacionales establecidos por la propia distribución como una forma añadida de control de los productos que compra, como es el caso de los pilotados por EUREP, BRC, IFS, etc., y que requieren de la participación de entidades de certificación de producto acreditadas.

Por todo ello el sector agroalimentario, es sin duda uno de los sectores en los que la acreditación de ENAC viene experimentando un mayor incremento en los últimos años. Hoy, para cualquier actividad de este sector, tanto en el ámbito reglamentario como en el voluntario, que implique la realización de actividades de evaluación de la conformidad, se plantea la acreditación como una necesidad.

 

La acreditación conforme a UNE-EN 45011

La acreditación de entidades de certificación conforme a la norma UNE-EN 45011 se basa en que la entidad debe trabajar cumpliendo los requisitos establecidos en esta norma. En el proceso de acreditación de cualquier esquema de certificación de producto ENAC evalúa la competencia técnica de la entidad de certificación para certificar que un operador (agricultor o industria de transformación) produce sus productos cumpliendo los requisitos establecidos en un determinado documento normativo. El alcance de acreditación que ENAC emite refleja tanto los productos certificados como el documento normativo que cumplen.

Piezas claves en la evaluación de la competencia técnica de las entidades de certificación son los auditores, así ENAC evalúa que la entidad de certificación dispone de auditores cualificados con los conocimientos técnicos necesarios en la producción de los productos objeto de certificación, que los auditores conocen perfectamente los requisitos del documento normativo que se certifica y que realizan sus auditorias conforme a procedimientos definidos por la entidad de certificación dejando constancia en registros de que todos los requisitos del documento normativo han sido evaluados.

ENAC también evalúa que la entidad de certificación toma correctamente la decisión de conceder o no la certificación al operador a la vista de los informes presentados por el auditor. La correcta toma de decisiones es otro de los aspectos claves en la evaluación de la competencia técnica de una entidad. Habitualmente, una vez certificado el operador, puede marcar sus productos con la marca del certificador y en ocasiones también con un logotipo definido en el propio documento normativo.

La entidad de certificación también tiene que definir un Programa de control, estableciendo las visitas necesarias a los operadores para comprobar que siguen cumpliendo los requisitos del documento normativo y que marcan solamente el producto que ha sido producido cumpliendo los requisitos establecidos en el documento normativo. En algunos esquemas de certificación el Programa de Control es definido por el propietario del esquema. ENAC evalúa la correcta aplicación del Programa de control.

Finalmente es también muy importante de cara a la acreditación las medidas que debe tomar la entidad de certificación para garantizar que siempre actúa con la imparcialidad, independencia e integridad necesarias en una actividad de evaluación de la conformidad realizada por una tercera parte independiente.

 

Productos Agrícolas y sus transformados

La certificación acreditada está siendo utilizada en la evaluación de la conformidad de productos agrícolas de diversas características, así por ejemplo, en el caso de agricultura ecológica, el documento normativo que deben cumplir los operadores es el Reglamento europeo en vigor, actualmente el Reglamento CE 834/2007 y los productos obtenidos mediante una producción ecológica pueden ser marcados con el logotipo definido por la propia Unión Europea. Este hecho facilita a los consumidores de toda Europa distinguir este tipo de productos. Por otra parte el propio

Reglamento establece la necesidad de acreditación conforme a la EN 45011 de los organismos de certificación que participan en el control.

En el caso de la producción convencional, tal y como hemos comentado anteriormente la distribución europea ha establecido varios esquemas de certificación acreditada con el objeto de garantizar que sus proveedores cumplen la legislación y una serie de requisitos definidos por ellos. El esquema que más desarrollo ha tenido en España relativo a productos agrícolas es GLOBALGAP, que define entre otros, requisitos de Buenas Prácticas Agrícolas a los agricultores.

Por este motivo hay un número importante de entidades de certificación acreditadas para este documento normativo.

Por otra parte y como se ha indicado anteriormente, AENOR estableció la serie de normas de producción controlada y numerosos operadores están certificados conforme a estas normas. En este caso los productos también son marcados indicando Producción controlada normalmente con la marca del certificador.

 

La acreditación de la certificación de Producción Integrada

En lo que respecta a la Producción Integrada, el Real Decreto 1201/2002 establece la necesidad de acreditación de las entidades de certificación que realicen tareas de control. A su vez algunas Comunidades Autónomas también establecen que las entidades que participan en el control de sus documentos normativos estén acreditadas.

Por todo lo expuesto anteriormente la certificación acreditada de la producción integrada es perfectamente factible, por lo que para entender la situación actual en la que no hay ninguna entidad de certificación de producción integrada acreditada por ENAC tenemos que hacer un poco de historia.

El primer contacto de ENAC con la posibilidad de acreditar entidades que evaluaban operadores de producción integrada fue en el año 2001, cuando el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación estaba preparando el Real Decreto que iba a regular la producción integrada de productos agrícolas. En aquel momento se mantuvieron varias reuniones con el Ministerio y con representantes de las Comunidades Autónomas y se consideró que para facilitar a las entidades de certificación el acceso a la acreditación podría ser más interesante esperar a la publicación del Real Decreto y plantear la acreditación para éste, en lugar de plantear la acreditación para los diferentes documentos normativos desarrollados por las distintas Comunidades Autónomas. Esto se podía plantear porque la competencia técnica necesaria para certificar los diferentes documentos era la misma por lo que el establecer esquemas de acreditación independientes para cada uno de dichos documentos incrementaba de manera determinante los costes sin aportar valor. Se planteaba entonces un alcance de acreditación para el entonces futuro Real Decreto que actuaría como un documento normativo general y que implicaba en cierto modo la acreditación con un alcance flexible. Con este motivo ENAC decidió esperar la publicación del Real Decreto que parecía inminente y no admitir hasta entonces solicitudes de entidades de certificación de producción integrada.

Tras la publicación en Noviembre de 2002 del Real Decreto 1201/2002 y a la vista de que en su artículo 14 establecía que la Comisión Nacional de Producción Integrada debía elaborar un Programa Nacional de Control en el que se precisara los procedimientos que debían complementar los requisitos de control que debían realizar las entidades de certificación, ENAC decidió esperar a la publicación del

Programa antes de admitir solicitudes de acreditación. En ese momento se pensaba que la aprobación del Programa no se dilataría mucho en el tiempo.

La Comisión Nacional de Producción Integrada se constituyó pero surgieron algunas dificultades y posteriormente el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación comenzó a desarrollar un nuevo proyecto de Real Decreto que derogaría el RD 1201/2002. Por este motivo ENAC decidió esperar a su publicación pues supondría un nuevo planteamiento en el control de la producción integrada.

 

Finalmente, en de junio de 2007, se anunció que no se iba a publicar el nuevo Real Decreto y que se mantenía como marco legal para la regulación de la producción integrada el RD 1201/2002, por lo que ENAC decidió admitir solicitudes de acreditación de entidades de certificación para los documentos normativos que las entidades solicitaran y así fue comunicado tanto a las entidades que habían contactado con ENAC para solicitar la acreditación como a las Comunidades Autónomas.

Como hemos comentado al principio, en algunos esquemas de certificación el programa de control es definido por el propietario del esquema y en otras ocasiones es la entidad de certificación la que lo tiene que definir, en ambos casos su correcta aplicación es evaluada por ENAC. En el caso de lo establecido por el RD 1201/2002, ENAC prefirió no conceder acreditaciones para programas establecido  por las entidades por las dificultades posteriores que pudieran surgir si estos no se ajustaban a lo que estableciera el Programa Nacional de Control que aprobara la Comisión Nacional de Producción Integrada.

Visto desde ahora y con la situación actual, ENAC podía haber admitido solicitudes de acreditación de entidades de certificación de producción integrada desde el primer momento, el único motivo de no hacerlo ha sido tratar siempre de plantear un esquema de acreditación que pudiera resultar más ágil y eficaz tanto para la entidades de certificación como para la administración que en este caso es la que prescribe la certificación acreditada. A la vez el planteamiento de un esquema de acreditación más global podía resultar más económico para las entidades.

Desde julio de 2007 en que se comunicó que se admitían solicitudes de acreditación de certificación de producción integrada se han recibido en ENAC solicitudes de tan sólo 4 entidades para muy diferentes productos, la mayoría de ellos productos agrícolas pero también se han incluido algunos productos transformados como aceite y vino, los documentos normativos solicitados en el alcance de acreditación son los desarrollados por las diferentes Comunidades Autónomas, en concreto las solicitudes incluyen documentos de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Galicia y Murcia.

A la vista de los resultados de la última encuesta realizada por el ministerio en enero de 2008 parece que hay numerosas entidades de certificación controlando la producción integrada en España por lo que es de esperar que en el futuro el sector pueda disponer de suficientes entidades de certificación acreditadas por ENAC.

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