Durante las últimas dos décadas, la Directiva 91/414/CEE de 15 de julio de 1991, ha regulado las sustancias activas que pueden utilizarse en los productos fitosanitarios que utilizan los profesionales del campo para mantener sus cultivos sanos, protegidos de plagas y enfermedades y salvaguardar el medio ambiente y la salud de los consumidores.

La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo aprobó a principios de noviembre el informe sobre la futura normativa del uso de fitosanitarios en la UE, como paso previo antes de ser debatido por el legislativo comunitario. Con las enmiendas introducidas por la Comisión de Medio Ambiente se da un paso más en la radicalización de la norma, con las graves consecuencias que esto puede deparar para la continuidad de la agricultura mediterránea. Su aprobación supondrá la desaparición de un 80% de los insecticidas, productos fitosanitarios que son utilizados por los Estados miembros del sur de la Unión Europea.

 

Por ese motivo la Asociación Empresarial para la Protección de las Plantas (AEPLA) convocó, a mediados del mes de noviembre del pasado año, una reunión con los medios de comunicación de ámbito nacional con el objetivo de alertar de la incongruencia de esta medida y de las gravísimas consecuencias que tendría su aplicación no sólo para la agricultura española, sino también para la toda la agricultura del área Mediterránea: Portugal, Francia, Italia y Grecia. Una propuesta de normativa que hace dos años inició su gestación.

 

 

Cronología de la norma europea de fitosanitarios

En junio de 2006, la Comisión Europea presentó nuevas propuestas legislativas en materia fitosanitaria: por un lado, una Directiva que regulará el uso sostenible de productos fitosanitarios, y por otra, un Reglamento que sustituirá la Directiva 91/414/CEE sobre autorización y comercialización de los mismos, la cual contempla estrictos criterios de exclusión de sustancias activas.

Un año después, en octubre de 2007, el Parlamento Europeo presentó enmiendas al proyecto de Reglamento, que endurecían aún más los criterios de aprobación de los nuevos productos fitosanitarios. El 23 de junio de 2008, el Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea alcanzó un acuerdo político al margen de los criterios técnicos.

El pasado 5 de noviembre de 2008, el Comité de Medio Ambiente aprobó enmiendas a las propuestas legislativas presentadas decidiendo por una parte, aprobar criterios de excusión que darán lugar a una innecesaria prohibición de productos fitosanitarios que a lo largo de los últimos años han demostrado altos estándares de seguridad y eficacia; por otra, eliminar el concepto de autorización zonal e introducir la posibilidad de los Estados miembros de rechazar el registro de productos fitosanitarios aunque hayan sido autorizados en otros Estados miembros. En cuanto a la Directiva de Uso Sostenible de productos fitosanitarios, se aceptaron las enmiendas que establecen objetivos arbitrarios de reducción de estos productos.

La segunda lectura del Parlamento Europeo se votará en sesión plenaria, aproximadamente en enero de 2009, y la segunda lectura del Consejo en mayo.

La publicación del texto se produciría en junio, entrando en vigor 20 días más tarde de la fecha de publicación y aplicándose 18 meses más tarde.

 

 

La industria fitosanitaria alerta del peligro de la normativa de la UE

Para AEPLA, la futura normativa del uso de fitosanitarios en la UE resulta in asumible para los productores europeos, ya que se radicalizan los criterios y el resultado no puede ser más negativo para los intereses de la agricultura Mediterránea, aunque por el contrario resultará muy beneficiosa para los productores hortofrutícolas de Terceros Países, quienes no tendrán ninguna restricción para exportar a la Unión Europea.

En concreto, según la información facilitada por ASAJA, se introducen serios límites en cuanto a las aplicaciones de uso de estos productos: se prevén reducciones del 50% como mínimo respecto al uso actual que se hace en cada país y se pueden crear zonas "libres de pesticidas"; se aumenta la cantidad de criterios que impedirán la aprobación de sustancias de uso (sin basarse en una evaluación técnico-científica), con lo que se introducen también serios límites a la producción; se suprime el sistema de zonas y, por último, se añaden obligaciones adicionales al agricultor que resultan además, excesivamente burocráticas.

En suma, una normativa tremendamente radical y absurda, que ignora cualquier criterio objetivo y científico, y que va a resultar tremendamente perjudicial para el productor. Según los estudios realizados por la organización agraria ASAJA, avalados por instituciones publicas y privadas de reconocido prestigio internacional, el efecto sobre la producción europea sería de entre un 50 y 80% de reducción, dependiendo de las distintas hipótesis que se barajan en las propuestas, con perdidas que podrían ir hasta los 6.170 millones de euros anuales y la desaparición de hasta 95 millones de jornales, especialmente en pequeñas explotaciones hortofrutícolas, invernaderos en su mayoría, pero también en cultivos de marcado carácter social, como pueden ser el olivar, los cítricos o el algodón.

Desde todas las organizaciones agrarias (ASAJA-AVA, UPA y COAG-LA UNIÓ) y profesionales ha sido calificado de "intolerable" el informe aprobado por la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo, relativo a la futura normativa comunitaria para la reducción del uso de productos fitosanitarios en la agricultura.

Un informe que reduce drásticamente las materias activas utilizadas en los insecticidas (productos que en su mayoría son utilizados en la Europa del Sur), mientras que las materias activas que afectan a los funguicidas (productos utilizados en la Europa del Norte) experimentan una leve reducción. A toda esta problemática que generaría, hay que añadir una más: tener menos alternativas para controlar las plagas en los cultivos provocaría el desarrollo de nuevas resistencias, que podrían obligar a utilizar dosis más elevadas de los productos disponibles.

 

 

Muchos países preocupados por el paquete "fitosanitarios"

En el último Consejo de Ministros de Agricultura de la UE, las delegaciones de Holanda, Irlanda y Reino Unido mostraron su preocupación por el efecto negativo que la propuesta de nueva regulación sobre fitosanitarios puede tener sobre el sector agrícola comunitario. Considerando que las normas para la aprobación de los fitosanitarios son demasiado estrictas.

La opinión de estos tres países fue apoyada por otros 13 Estados miembro: Alemania, Austria, Bélgica, España, Estonia, Italia, Grecia, Hungría, Letonia, Luxemburgo, Portugal, Rumania y República Checa.

Por el contrario, el Comisario Vassiliou mantuvo que de acuerdo con el estudio de impacto que acompaña a la propuesta inicial de la Comisión Europea, no se ha encontrado que dicha propuesta pueda tener un efecto negativo en el sector agrario comunitario. Un estudio que, por otra parte, se basa exclusivamente en aspectos político-sociales, y ninguno técnico-científico.

 

 

Aproximación de posiciones

Finalmente, el pasado día 15 de diciembre de 2008, se produjo un acercamiento de las posturas entre el Parlamento Europeo y la Comisión Europa (CE) sobre la reducción de fitosanitarios, la cual puede favorecer a la agricultura española.

En ese sentido, el Parlamento Europeo ha rebajado sus aspiraciones de reducir el 80% de las materias activas utilizadas en la agricultura mediterránea hasta el 10% que finalmente ha conseguido la Comisión Europea.

Además, esta reducción se realizará de forma gradual con un periodo transitorio hasta 2015, lo que permitirá a las explotaciones adaptarse a la nueva situación.

Se trata de un documento en el que los Estados miembros harán sus aportaciones.

Las conclusiones de estos análisis se transformarán en una normativa que se aprobará durante la Presidencia española en 2010.

 

 

La Comisión Europea actualiza la lista de sustancias activas

El lunes día 10 de noviembre de 2008 la Comisión Europea actualizó la lista de las sustancias activas de productos fitosanitarios en revisión en la Unión Europea.

La lista, compuesta por 1.163 sustancias activas, está divididas en tres categorías:

 

A: Sustancias activas antiguas que están en el mercado desde antes de 1993.

 

B: Sustancias que no están consideradas en el ámbito de la Directiva 91/414/CE (bien porque ya están prohibidas, bien porque no se han notificado bajo la directiva 91/414/CE o bien porque no están consideradas productos fitosanitarios).

 

C: Nuevas sustancias activas.

En cada una de éstas categoría, las sustancias activas pueden aparecer como autorizadas, no autorizadas o pendientes de autorización.

Se puede consultar la lista completa en el enlace: http://ec.europa.eu/food/plant/protection/evaluation/3010_rev_101108.xls

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