La higiene en la producción primaria agrícola nace de la aplicación del Reglamento 2002/178/CE, por la que se establecen los principios y los requisitos de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a dicha seguridad.

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La higiene en la producción primaria agrícola nace de la aplicación del Reglamento 2002/178/CE, por la que se establecen los principios y los requisitos de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a dicha seguridad.

Su objetivo es la libre circulación de alimentos y piensos, seguros y saludables, dentro de la Comunidad, sin diferencias significativas de un Estado miembro a otro, contribuyendo en la salud y bienestar de los ciudadanos, así como a los intereses sociales y económicos del mercado interior.

Por tanto, la necesidad de dicha seguridad alimentaria es más que obvia y de ella derivan los capítulos III de los Reglamentos (CE) 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios, y (CE) 183/2005, por el que se fijan los requisitos en materia de higiene de piensos, los cuales regulan las Guías de Prácticas Correctas de Higiene, que han estado elaboradas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, con la colaboración del sector productor y con el objetivo de plasmar de manera simple las obligaciones derivadas de dichos reglamentos.

Si nos centramos en la producción primaria agrícola, la Guía de Buenas Prácticas de Higiene pretende dar una serie de recomendaciones para reducir al mínimo los riesgos de contaminación con agentes químicos o microbiológicos en la fase de producción primaria y en operaciones conexas de los productos agrícolas.

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