En el considerando 18 del Reglamento UE 1107/09 se reflejan las causas que llevan a regular en el artículo 23 dichas sustancias básicas: “Algunas sustancias que no se utilizan predominantemente como productos fitosanitarios pueden resultar útiles para fines fitosanitarios, pero solicitar su autorización puede ser económicamente poco interesante".

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En el considerando 18 del Reglamento UE 1107/09 se reflejan las causas que llevan a regular en el artículo 23 dichas sustancias básicas: “Algunas sustancias que no se utilizan predominantemente como productos fitosanitarios pueden resultar útiles para fines fitosanitarios, pero solicitar su autorización puede ser económicamente poco interesante. Por tanto, debe garantizarse, mediante disposiciones específicas, que dichas sustancias también puedan aprobarse para uso fitosanitario en la medida en que sus riesgos sean aceptables”.

Por tanto, son sustancias que se usan habitualmente para otros fines, pero no se autorizan ni registran como fitosanitarios porque no sería económicamente rentable, sino que se aprueba y permite su uso fitosanitario por su inocuidad y por sus efectos fitosanitarios acreditados. Ejemplos de estas sustancias básicas aprobadas son el vinagre, sacarosa, fructosa, quitosano o aceite de girasol.

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