La legislación de la UE y las políticas relacionadas con el uso seguro de los productos fitosanitarios han experimentado una gran mejora desde la publicación, hace ya más de doce años, de la Directiva para un Uso Sostenible de los Plaguicidas (DUS) 2009/128/CE. Desde ese punto de partida, se ha realizado un enorme esfuerzo en Europa para mejorar el marco legislativo relacionado con la protección de los cultivos y la seguridad alimentaria, ofreciendo un marco oficial completo que afecta a todos los agricultores de la UE. Sin embargo, el grado de adopción y aplicación sigue siendo limitado, y los Estados miembros de la UE difieren en cuanto a su exhaustividad y cobertura.

Desde la publicación en octubre de 2009 de la Directiva Europea para el Uso Sostenible de los Plaguicidas (DUS), Europa organizó un plan muy ambicioso con el objetivo principal de lograr un uso sostenible de los plaguicidas en la UE mediante la reducción de los riesgos e impactos del uso de productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente y la promoción y puesta en funcionamiento de la Gestión Integrada de Plagas (GIP), contemplando enfoques o técnicas alternativas. La DUS fue el punto de partida de un marco jurídico europeo completo que afecta a la protección de los cultivos en general, y al uso de productos fitosanitarios en particular. La modificación de la Directiva sobre máquinas (127/2009/CE) también abordó importantes requisitos a cumplir por los equipos de aplicación de nueva fabricación, y aplicó medidas que afectan a la forma de utilizar/aplicar los productos fitosanitarios. La formación, por su parte, se incluía también entre los requisitos obligatorios de la Directiva Europea.

 

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