La Comisión Europea ha incrementado los requisitos fitosanitarios, de trazabilidad y los controles a la importación de cítricos de países afectados por la mancha negra. Además, por el elevado número de lotes interceptados con la enfermedad durante 2021, incluye a Zimbabue en esta lista que integran Argentina, Brasil, Uruguay y Sudáfrica.

La Comisión acaba de publicar el Reglamento de ejecución 2022/632, que establece medidas adicionales para los cítricos originarios de estos países “a fin de asegurar una prevención más eficaz” de la entrada en la Unión Europea de Phyllosticta citricarpa, hongo causante de la mancha negra y patógeno de cuarentena.

Estas medidas, argumenta la Comisión, son necesarias para garantizar que los cítricos procedan de lugares e instalaciones de producción registrados y aprobados por las autoridades fitosanitarias de los países afectados en las que no se haya detectado la enfermedad en la campaña comercial actual ni en la anterior. También para asegurase de que estos frutos vayan acompañados de un código de trazabilidad que permita, en caso de que se detecte el hongo, hacer un seguimiento retroactivo hasta las instalaciones de producción.

Las autoridades fitosanitarias de los países exportadores deben verificar la correcta aplicación de los tratamientos sobre el terreno, el método más eficaz para garantizar que los frutos no estén infectados. Estos deben ir acompañados de un certificado fitosanitario que contenga la fecha de la inspección, el número de envases de cada instalación de producción y los códigos de trazabilidad.

En el caso específico de Sudáfrica, el reglamento aumenta el número de muestreos por “el elevado número de incumplimientos notificados por los Estados miembros en 2021”. Ahora, en las inspecciones oficiales se deben recoger muestras de entre 200 y 400 frutos por lote a la llegada a las instalaciones de envasado, antes de su transformación; al menos un 1% del lote, entre la llegada a las instalaciones de envasado y el embalaje de los productos; y un 2% de frutos antes de su salida de la instalación de envasado, como parte de la inspección final para expedir el certificado fitosanitario.

Respecto a Uruguay, ya no está obligado a efectuar pruebas de latencia en las naranjas de la variedad Valencia, ya que el número de incumplimientos se ha reducido considerablemente desde 2016.

En cuanto a las importaciones de los cítricos destinados exclusivamente a la transformación, la Comisión impone medidas menos estrictas porque presentan un riesgo menos elevado al estar sujetos a controles oficiales dentro de la Unión y ya deben cumplir requisitos específicos sobre circulación, transformación, almacenamiento, contenedores, envases y etiquetado.

Para que los operadores de Brasil, Uruguay y Zimbabue dispongan de tiempo suficiente para adaptarse a las nuevas normas, el requisito de que los cítricos se produzcan en unas instalaciones de producción en las que la enfermedad “no se ha detectado ni en el período de cultivo y exportación anterior, ni durante las inspecciones oficiales ni en los controles efectuados sobre los envíos que entraron en la Unión durante dicho período de cultivo y exportación” solo debe aplicarse a partir del 1 de abril de 2023 (Argentina y Sudáfrica ya aplican este requisito).