La Comisión Europea ha prolongado el periodo de aprobación de numerosas sustancias activas cuya renovación expiraba el 30 de abril sin que se hubiera adoptado ninguna decisión sobre su renovación.
De esta forma, por retrasos en los correspondientes procedimientos de renovación, no atribuibles a los solicitantes, el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/689 aplaza a distintas fechas de 2024 y 2025 (según cada caso particular) la vigencia de las sustancias activas Bacillus subtilis (cepa QST 713), Bacillus thuringiensis subsp. Aizawai (cepas ABTS-1857 y GC-91), Bacillus thuringiensis subsp. Israeliensis (cepa AM65-52), Bacillus thuringiensis subsp. Kurstaki (cepas ABTS 351, PB 54, SA 11, SA 12 y EG 2348), Beauveria bassiana (cepas ATCC 74040 y GHA), clodinafop, Cydia pomonella Granulovirus (CpGV), ciprodinil, diclorprop-P, fenpiroximato, fosetil, malatión, mepanipirima, metconazol, metrafenona, pirimicarb, piridabeno, pirimetanil, rimsulfurona, spinosad, Trichoderma asperellum (cepas ICC012, T25 y TV1), Trichoderma atroviride (cepa T11), Trichoderma gamsii (cepa ICC080), Trichoderma harzianum (cepas T-22 e ITEM 908), triclopir, trinexapac, triticonazol y ziram.
En caso de que la Comisión no renueva la autorización de alguna de estas sustancia activas, debe fijar como fecha de expiración la fecha prevista en los anteriores reglamentos o, si fuera posterior, la fecha de entrada en vigor del reglamento por el que no se renueve la aprobación.