El Real Decreto-Ley 4/2023 de 11 de mayo, que recoge las medidas urgentes aprobadas por el Gobierno en respuesta a la sequía, incluye el retraso de la entrada en vigor de las obligaciones de realizar anotaciones en el Cuaderno digital de explotación, que se pospone al 1 de enero de 2024 y al 1 de enero de 2025, en función del tipo y tamaño de la explotación.

Según el artículo 16 del real decreto-ley, la entrada en vigor del CUE se retrasa y se escalona en cuatro fases, en lugar de las dos que estaban establecidas (septiembre de este año y de 2024). El pasado diciembre, el Ministerio de Agricultura ya decidió conceder un mayor margen a las fincas de manor tamaño: aquellas con una superficie inferior a 30 hectáreas en cultivos de secano herbáceos y pastos, a 10 en cultivos de secano permanentes y a 5 en cultivos de regadío.

El Cuaderno digital establece la obligación a los titulares de las explotaciones agrarias de gestionar electrónicamente información de la explotación de todo tipo: datos generales de cultivo en cada parcela agrícola, tratamientos fitosanitarios, fertilización… Junto con el Registro autonómico de explotaciones agrícolas, conforma la base del nuevo Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX). Su implementación es una de las principales preocupaciones del sector, ya que obliga a suministrar digitalmente una gran cantidad de datos de la actividad productiva. “Es un verdadero quebradero de cabeza para el que ni la propia Administración está preparada” alerta Unión de Uniones, que ha pedido un aplazamiento hasta 2028 de la imposición del CUE para las pequeñas explotaciones (menos de diez trabajadores y 2 millones de euros de facturación). “A ver si dejamos de ser más papistas que el Papa y aprovechamos los plazos máximos que autorizar Bruselas” reclama.

Por su parte, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) califica de “tomadura de pelo” que el Gobierno sólo retrase el cuaderno digital de explotación cuatro meses y pide “dejarlo en suspenso y repensarlo al menos hasta 2026, que es cuando la Unión Europea establece el plazo máximo para aprobarlo.