HERBICIDAS – SEÑALIZACIÓN EN FINCAS PASTABLES (Copia adaptada de Gobierno de La Rioja (2016-2018) Boletín de Avisos Fitosanitarios. Logroño, España: Larioja. Recuperado de https://www.larioja.org/larioja-client/cm/agricultura/images?idMmedia=1107334)

Se recuerda que es obligatorio señalizar aquellas fincas agrícolas incluidas en la ordenación de pastos, hierbas y rastrojeras que vayan a ser sometidas a un tratamiento con productos fitosanitarios tóxicos para el ganado (Ley 4/2009, de 20 de octubre, de aprovechamientos de recursos pastables).

https://www.boe.es/buscar/pdf/2009/BOE-A-2009-17895-consolidado.pdf

La señalización se realizará con postes de una altura no inferior a 1,50 metros, con una bandera de color rojo de unas dimensiones mínimas de 0,50 x 0,25 metros (mínimo cuatro señales por hectárea, salvo en fincas de superficie inferior a 0,25 Ha, que al menos dispondrán de una señal indicadora).

Está prohibida la utilización de productos fitosanitarios tóxicos para el ganado en determinadas zonas pastables, tales como ribazos, caminos, linderos, zonas de paso o vías pecuarias, salvo autorización expresa del órgano competente y con la oportuna señalización.

 

WEBGRAFÍA:

Gobierno de La Rioja (2016-2019) Boletín de Avisos Fitosanitarios. Logroño, España: Larioja. Recuperado de https://www.larioja.org/agricultura/es/publicaciones/boletin-avisos-fitosanitarios/boletin-avisos-fitosanitarios-2019