Agrofit es una cooperativa que se creó con la intención de reunir la demanda de
fitosanitarios de los agricultores y de esta manera acrecentar el poder negociador
ante los proveedores. Así, la cooperativa permite a los socios participar en una
empresa que está presente en el valor añadido de un producto, en una fase en la
que hasta entonces las cooperativas apenas habían tenido protagonismo alguno.
A día de hoy Agrofit está constituida por 7 cooperativas de segundo grado, con
actividad en Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura,
Navarra y Castilla y León, y con grandes clientes cooperativos en el resto de
zonas de producción agraria. Esta situación nos confiere una responsabilidad
adicional respecto a los agricultores socios de nuestras cooperativas.
Con esta particular situación, Agrofit tendrá que realizar un sobreesfuerzo en su
actividad, con el fin de adaptarse a esta nueva normativa. Partimos de la elaboración
de información necesaria para aportar a la Agencia en las notificaciones de cada
una de nuestras mezclas, como así lo indica el Reglamento CLP en su artículo 40.
Una vez notificadas las mezclas, cuyo límite es el 3 de enero de 2011, tenemos
que proceder a realizar las adaptaciones oportunas, a lo que son las etiquetas y las
fichas de seguridad, con muchas dudas hasta el momento por desconocimiento del
procedimiento administrativo para la homologación de las mismas.
Existen varias posibilidades, pudiendo mantener hasta diciembre de 2010
la antigua clasificación aplicando los RD 363/1995 y RD 255/2003, o anticiparse
durante estos meses al nuevo Reglamento CLP, cosa que en un principio
parece complicado por la falta de experiencia en toda la cadena implicada, lo
que dificulta el llevarlo a cabo.
A partir del 1 de diciembre de 2010 se debe de tomar un posicionamiento
de cómo llevar a cabo nuestros cambios. También tenemos dos posibilidades
para el caso de las mezclas. Pudiendo aplicar de manera voluntaria el Reglameto
CLP en etiqueta y envasado, pero teniendo en cuenta que en la ficha de seguridad
deberá continuar apareciendo según RD 255/2003 además de según CLP. La
segunda posibilidad es la de mantener las mezclas como hasta hoy en día, con
el etiquetado y FDS actuales.
Para tomar la decisión de estos cambios Agrofit tendrá en cuenta no sólo
el impacto en la actividad diaria, sino además el impacto sobre las cooperativas
de base que distribuyen los fitosanitarios, y al final sobre los socios de éstas
que son los consumidores finales. Por lo tanto si nos referimos a las mezclas,
Agrofit procurará tomar una decisión global para todos sus formulados, con el
fin de evitar confusión a los usuarios con la coexistencia en el mercado de dos
tipos de etiquetados. Por lo que a lo largo del periodo hasta 2015 se hará un
periodo de adaptación para cuando llegue la obligatoriedad estar funcionando
ya con el nuevo reglamento.
Durante el periodo de transición realizaremos un papel muy activo de comunicación
conjuntamente con Cooperativas Agro-alimentarias, con el fin de
informar qué impacto conllevará esta reglamentación aguas abajo, ya que las
dudas generadas provocan al menos, inquietud a las cooperativas. Dudas como
cuál será el impacto en cuanto a la normativa de almacenamiento de fitosanitarios
y algunos otros aspectos sobre la comercialización de estos productos, que hoy
están en el aire pero habrá que afrontar a corto y medio plazo.